Noticia11 Sep 20133 minutos de lectura

Se solicita al Gobierno que reforme la legislación electoral para que ninguna persona con discapacidad sea privada del derecho al voto

El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) ha pedido a los Grupos políticos del Congreso que apoyen esta iniciativa de CiU. El Grupo Popular e Izquierda Unida ya manifestaron su disposición a trabajar en una reforma de la vigente legislación lectoral a fin de que ninguna persona con discapacidad pueda ser privada del derecho fundamental al voto.

Se trata de una demanda del movimiento asociativo de la discapacidad, ya que actualmente la posibilidad de retirar el derecho de voto, prevista en nuestra legislación electoral y que afecta a más de 80.000 personas con discapacidad «con discapacidad intelectual o con enfermedad mental o psicosocial, fundamentalmente- es contraria a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, firmada y ratificada por España, lo que significa que en nuestro país se vulnera en este punto el Derecho Internacional.

A través de esta propuesta se espera que todos los grupos del arco parlamentario y el Gobierno sumen su voz y que constituya el prolegómeno de una iniciativa normativa de modificación de la vigente Ley Electoral, que se vea culminada en esta legislatura.

Incapacitación jurídica

La negación del derecho al voto se produce en muchas ocasiones cuando la propia familia solicita la incapacitación jurídica para la persona con discapacidad, sobre todo para protegerlo de estafas o problemas derivados de aspectos patrimoniales.

DOWN ESPAÑA ha recomendado siempre a las familias que no opten por la incapacitación jurídica y que en caso de que sea absolutamente necesario, que acudan primero al fiscal especializado en discapacidad que corresponda a la jurisdicción de su ciudad o provincia, para que pueda analizar el caso particularmente y orientarles. De hecho, existe una instrucción de la Fiscalía para tratar de impedir que se incluya por defecto la negación al voto en cualquier sentencia de incapacidad parcial. Esta instrucción (3/2010) recuerda a los fiscales que «la limitación del derecho de sufragio habrá de acreditarse mediante la actividad probatoria suficiente, que el estado físico y psíquico del afectado le imposibilita para decidir de forma libre y consciente sobre quien ha de representarle en los asuntos públicos». Es decir, no vale con la inclusión de la coletilla en las sentencias «por costumbre».

Toda esta situación se podría cambiar si en los casos de incapacitación jurídica no se incluyera además la eliminación del derecho a sufragio. Según el gerente de DOWN ESPAÑA, Agustín Matía, «es una limitación sin sentido de los derechos civiles de las personas con discapacidad, y conviene recordar que el sufragio universal no establece limitaciones por cuestiones de discapacidad».

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