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AEAT quita desgravacion mínimo por discapacidad y mínimo por descendientes o No

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Montserrat 19/05/2025

B tardes. Al haber incrementado anualmente el IPC de las pensiones no contributivas. A mi hijo con síndrome Down, 29 años y más del 65% discapacidad, me han comunicado desde Hacienda que no me lo puedo desgavar, pues la Pensión no contributiva al no ser de renta exenta supera los 8000 eur año. (Art 81.bis del reglamento de, IRPF)
Así las cosas, y habiendo presentado Recurso contra esto, denegandolo hacienda….. En esta próxima renta IRPF 2024 me planteo como desgravarme. Mi hijo no trabaja, no obtiene rentas, solo percibe su pensión no contributiva con el complemento de asistencia a 3° persona, con la cual se copaga el centro residencial. Yo soy su curadora y me pregunto si
¿ Podría hacer la declaración de la renta conjunta con mi hijo? Sería más favorable? No me puedo creer que Hacienda no actualize esa cantidad de tope de 8000 eur ante cualquier ascendiente/ descendiente/ conyuge….. Otra duda que planteo es si cambiar la modalidad de PNC a Prestación familiar por hijo a cargo (que sería exenta de renta) pero para ello Necesitaria autorización judicial.(es lo que menciona el auto de curatela que debo como curadora, pedir permiso al juez ante cualquier cambio Gracias
un saludo

Responder consulta de Montserrat

DOWN ESPAÑA 20/05/2025

Hola Montserrat,

Muchas gracias por escribirnos.

El concepto de “rentas” referido al requisito de “no tener rentas anuales superiores a 8.000 €”, para el cómputo de los mínimos familiares, es la suma algebraica de los rendimientos netos del trabajo, del capital mobiliario e inmobiliario y de actividades económicas, así como de imputaciones de rentas y de ganancias y pérdidas patrimoniales anuales, sin aplicar las reglas de integración y compensación. Los rendimientos se computan por el importe neto, ya deducidos gastos, pero sin aplicar las reducciones correspondientes, excepto la de rendimientos del trabajo (por irregularidad) que, en este caso, se aplica antes de deducir los gastos, entre los que se deducirán también 2.000i o las cuantías incrementadas por discapacidad (DGT V0624-18).

Un saludo

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