Noticia5 Nov 20103 minutos de lectura

La Ley de Dependencia incorporará a dependientes moderados a partir de 2011

La nueva ministra de Sanidad, Política Social e Igualdad, Leire Pajín, acudió a su primer pleno del Consejo Territorial de Dependencia el pasado 28 de octubre, sellando un acuerdo que pone el acento en la prestación de servicios e impulsando la promoción de la autonomía personal.

Las personas valoradas con dependencia moderada Grado I Nivel 2 empezarán a incorporarse al Sistema de Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) el 1 de enero de 2011, mientras que aquéllas evaluadas como dependientes moderados con Grado I Nivel 1 entrarán en el SAAD a partir del 1 de enero de 2013.

En este Grado I de valoración se encuentran el 10% de las personas con síndrome de Down vinculadas a entidades de DOWN ESPAÑA que han solicitado valoración de dependencia. El restante 90% de los casos se distribuyen por igual entre el Grado II y Grado III, tal y como muestra el siguiente cuadro realizado por DOWN ESPAÑA con datos obtenidos en 2009.

© DOWN ESPAÑA

© DOWN ESPAÑA

Este acuerdo alcanzado por Gobierno y Comunidades Autónomas deberá ser desarrollado por un Real Decreto que tendrá que aprobar el Consejo de Ministros. Servicios para las personas con dependencia moderada

  • Habilitación y terapia ocupacional.
  • Atención temprana.
  • Estimulación cognitiva.
  • Promoción, mantenimiento y recuperación de la autonomía funcional.
  • Habilitación psicosocial para personas con enfermedad mental o discapacidad intelectual.
  • Apoyos personales y cuidados en viviendas tuteladas.

Prestaciones económicas para las personas con dependencia moderada
En cuanto a las prestaciones económicas para cuidados en el entorno familiar se introducen limitaciones:

  • Que la persona beneficiaria esté siendo atendida mediante cuidados en el entorno familiar de forma previa a la solicitud de reconocimiento de dependencia, y que no pueda acceder a un servicio por la inexistencia de recursos públicos o privados acreditados.
  • Que la persona cuidadora conviva con el beneficiario.
  • Que el cuidador no tenga reconocida la situación de dependencia.
  • Si la persona en situación de dependencia estuviera recibiendo un servicio de los previstos para su grado y nivel de dependencia, en la resolución de concesión de prestaciones se ha de mantener al menos el mismo u otro con el mismo número de horas. Si este servicio es incompatible con la prestación económica de cuidados en el entorno familiar no se concederá ésta.

Respecto a la cuantía de las prestaciones económicas, para 2011 las correspondientes al Grado I Nivel 2 son las siguientes:

  • Prestación económica vinculada al servicio: 300 euros mensuales.
  • Prestación económica para cuidados en el entorno familiar: 180 euros mensuales.

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