Noticia13 Ene 20104 minutos de lectura

Enmiendas a la Ley del Aborto

El Proyecto de Ley Orgánica de Salud Sexual y Reproductiva y de la interrupción Voluntaria del Embarazo ha pasado su primer trámite parlamentario con la emisión de un Dictamen elaborado por la Comisión de Igualdad del Congreso de los Diputados.

DOWN ESPAÑA, que lleva luchando casi 20 años para eliminar cualquier tipo de discriminación por razón de discapacidad, considera inadmisible el supuesto de la Ley que posibilita el aborto eugenésico, es decir aquella interrupción del embarazo que se lleva a cabo por el mero hecho de que el feto tenga una discapacidad).

El proyecto de Ley sobre el aborto fija un plazo de 14 semanas en las que el aborto es libre, pero, sin embargo, amplia este plazo hasta la semana 22 si el feto presenta alguna anomalía, lo que constituye una clara discriminación hacia las personas con discapacidad.

DOWN ESPAÑA no valora ni emite juicio alguno acerca de una Ley que regule la interrupción voluntaria del embarazo, pero exige que esta Ley se plantee en términos de igualdad para todas las personas, tengan o no discapacidad.

Por esta razón, presentamos aquí el documento con las Enmiendas a la Ley elaborado por el colectivo de la discapacidad en torno al Comité Español de Representantes de la Discapacidad, en el que se integra DOWN ESPAÑA.

La Ley se encuentra en estos momentos en el Senado de España esperando a ser aprobada y/o enmendada. Hasta ahora no ha contemplado el requerimiento fundamental de DOWN ESPAÑA, y de todo el colectivo de la discapacidad, de eliminar el supuesto de aborto eugenésico.

Por esta razón, las propuestas de enmiendas hechas a la Ley recuerdan al poder Legislativo que cualquier ley «que admita el aborto eugenésico (el que se practica para evitar el nacimiento de un niño o niña con discapacidad) y que implícitamente considera la vida de una persona con discapacidad como menos valiosa que la de otra persona sin discapacidad, es discriminatoria.«

Esto implica la defensa de que «la vida de las personas con discapacidad poseen la misma dignidad y valor que cualquier otra vida y debe ser protegida por el ordenamiento jurídico en las mismas condiciones que el resto de vidas, y hasta allí donde llegue la protección legal.»

Esta es la línea de trabajo de la Convención Internacional de Derechos de las Personas con Discapacidad, que España ha firmado y ratificado, por lo que debe atender a sus dictados.

  •  Primera Noticia

Respecto a la decisión de interrumpir un embarazo cuando el feto tiene trisomía 21, DOWN ESPAÑA defiende la necesidad de legislar sobre la información que se facilita a los padres o futuros padres de un niño con síndrome de Down, al igual que ocurre en países como Estados Unidos.

En la actualidad esta información se ofrece de forma sesgada, parcial e incorrecta lo que propicia un elevado número de abortos causados por el desconocimiento de lo que es tener un hijo con síndrome de Down. DOWN ESPAÑA considera que la información de primera noticia debe ser veraz y completa, pues sólo así los padres podrán tomar una decisión fundamentada y libre.

DOWN ESPAÑA espera que le futura Ley Orgánica de Salud Sexual y Reproductiva y de la interrupción Voluntaria del Embarazo regule la información que se ofrece a los padres cuando se les comunica que esperan un hijo con síndrome de Down.

  • Toda la información

Proyecto de Ley

Dictamen de la Comisión de Igualdad

Posicionamiento del CERMI sobre la Ley

Propuestas de Enmiendas del colectivo de la discapacidad

Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad

Documento de reflexión sobre el aborto elaborado por Carlos Marín, asesor jurídico de DOWN ESPAÑA.

Esto se cerrará en 0 segundos