Grupos políticos proponen reformar la Ley Electoral para que no se anule el derecho al voto de las personas con discapacidad
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El PP presentará próximamente una iniciativa para reformar la Ley Electoral (LOREG), de tal forma que un juez no pueda privar del derecho de voto a ninguna persona con discapacidad.
Así lo ha explicado el portavoz del PP en la Comisión para las Políticas Integrales de Discapacidad en el Congreso, Francisco Vañó. De momento el grupo está recabando opiniones de diversos agentes del sector para unificar criterios y ver «hasta dónde se puede llegar» en esta reforma legislativa. En el empeño de obtener información de las entidades de discapacidad, está previsto organizar las próximas semanas unas jornadas con el CERMI y el Foro Justicia y Discapacidad.
Una vez reunida la información, su partido presentará una iniciativa parlamentaria para modificar la Ley Electoral, según Vañó, ya que no se puede «condenar a la muerte cívica» a una persona con discapacidad, sino que «hay que ver hasta dónde puede llegar para sacarle el máximo provecho».
Para el diputado, es muy «positivo» que el Ayuntamiento de Valladolid tenga una concejala con síndrome de Down, ya que su presencia «enriquecerá el mundo municipal y el mundo político».
Esta postura es compartida por el grupo parlamentario Izquierda Plural, cuyo portavoz en la Comisión Constitucional del Congreso de los Diputados, Joan Josep Nuet, ha reconocido que el nombramiento de Ángela Bachiller como concejala de Valladolid obliga a «repensar» el derecho al voto de las personas con discapacidad, muchas de las cuales no lo tienen por haber estimado un juez que no tienen facultad para decidir.
Nuet considera que «deberíamos repensar el sistema del voto y modificar la ley para posibilitar el voto de las personas con discapacidad».
¿Por qué se produce la anulación del derecho al voto»
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80.000 personas en nuestro país tienen una sentencia de incapacitación, que conlleva la negación del derecho al sufragio. Muchos de ellas son personas con discapacidad intelectual.
El derecho al sufragio activo «corresponde a todos los españoles mayores de edad», asegura la Ley Electoral. Sucede que hay excepciones muy concretas donde se anula este derecho. Están marcadas en el artículo 3, y de entre ellas destacan los casos de «los declarados discapaces». En estas excepciones es imprescindible que un juez declare la incapacidad para ejercer el sufragio activo.
Esta limitación es contraria al ejercicio de derechos civiles, defendidos por la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Lo ideal sería que en la decisión del juez prevaleciese una interpretación de la situación de la persona a la luz de estos derechos.
Incapacitación jurídica
La negación del derecho al voto se produce en muchas ocasiones cuando la propia familia solicita la incapacitación jurídica para la persona con discapacidad, sobre todo para protegerlo de estafas o problemas derivados de aspectos patrimoniales.
DOWN ESPAÑA ha recomendado siempre a las familias que no opten por la incapacitación jurídica y que en caso de que sea absolutamente necesario, que acudan primero al fiscal especializado en discapacidad que corresponda a la jurisdicción de su ciudad o provincia, para que pueda analizar el caso particularmente y orientarles. De hecho, existe una instrucción de la Fiscalía para tratar de impedir que se incluya por defecto la negación al voto en cualquier sentencia de incapacidad parcial. Esta instrucción (3/2010) recuerda a los fiscales que «la limitación del derecho de sufragio habrá de acreditarse mediante la actividad probatoria suficiente, que el estado físico y psíquico del afectado le imposibilita para decidir de forma libre y consciente sobre quien ha de representarle en los asuntos públicos». Es decir, no vale con la inclusión de la coletilla en las sentencias «por costumbre».
Toda esta situación se podría cambiar si en los casos de incapacitación jurídica no se incluyera además la eliminación del derecho a sufragio. Según el gerente de DOWN ESPAÑA, Agustín Matía, «es una limitación sin sentido de los derechos civiles de las personas con discapacidad, y conviene recordar que el sufragio universal no establece limitaciones por cuestiones de discapacidad».