Educación

Consulta a nuestros expertos tus dudas o inquietudes y comparte con otras familias tus experiencias. Consulta los temas ya existentes antes de crear uno nuevo, es probable que alguien haya tenido antes la misma duda.

Revision adaptacion curricular significativa.

Realizar nueva consulta
María José Hernandez Castillo 23/05/2014

Buenos dias, tengo una hija sindrome dowm con quince años, cursa segundo de secundaria, con dos adaptaciones significativas en ingles y en matematicas. Llevo observando que en estos dos ultimos años apenas se ha avanzado en los objetivos de estas adaptaciones aunque muchos de ellos los tiene superados. Se lo comente a la pt y me dijo que la adaptación no habia por qué revisarla pues estaba abierta para seguir con objetivos nuevos, pero cual ha sido mi sorpresa que mi hija me ha comentado que estaba haciendo unas pruebas con el orientador, en estos dias. Mi pregunta es : tengo derecho a ser informada de cuando se le van a hacer las pruebas a mi hija para una posible modificacion en su aci.? ¿ le pueden hacer estas pruebas durante la semana donde ha tenido tres examenes seguidos? Tengo derecho a no firmar si no estoy de acuerdo con el resultado de la prueba y pedir que se repita? Por ahora esto es todo espero vuestra contestacion. un saludo.

Responder consulta de María José Hernandez Castillo

Experta en Educación de DOWN ESPAÑA 24/05/2014

Estimada Mª José:

Las adaptaciones curriculares significativas requieren de una evaluación psicopedagógica previa, realizada por los equipos o departamentos de orientación, con la colaboración del profesorado que atiende al alumnado. La evaluación psicopedagógica se realiza, siempre con la autorización de la familia y en cualquier momento de la escolarización,especialmente al inicio de la misma, con anterioridad a la elaboración de una adaptación curricular individualizada,a la incorporación de un programa de diversificación curricular o a cualquiera de los programas del período de formación para la transición a la vida adulta y laboral, así como en el transcurso de la escolarización, cuando un cambio significativo en las condiciones y circunstancias personales o socio-familiares así lo aconseje.

El orientador u orientadora que ha coordinado el proceso de evaluación psicopedagógica elaborará un informe en el que especificará la situación educativa actual del alumno o alumna, concretará sus necesidades educativas especiales y señalará las directrices de la adaptación curricular y el tipo de ayuda que pueda necesitar durante su escolarización. El informe de evaluación psicopedagógica formará parte del expediente del alumno o de la alumna. Tendrán acceso al contenido del informe los representantes legales del alumno, o éste, en su caso, el equipo educativo que lo atiende, la dirección del centro educativo y el Servicio de Inspección de Educación, los cuales garantizarán su confidencialidad.

En relación a la adaptaciones currículares significativas la temporalización mínima será un ciclo educativo cativo y será necesario una nueva aprobación cuando se produzca una modificación en la referencia al ciclo.
El tutor o tutora, con el profesorado implicado, el Orientador del Centro, en su caso, y oídas las familias o tutores legales, adoptarán las decisiones de promoción y la conveniencia o no de una nueva adaptación curricular. Estos acuerdos se recogerán en un informe escrito, con el visto bueno del director, que se incluirá en el Expediente Académico del alumno o alumna.

La familia del alumno o alumna recibirá la información adecuada de la adaptación curricular individualizada, pudiendo realizar las sugerencias que consideren oportunas. Si hay desacuerdo, reclamarán al director del centro y, si persiste, resolverá el Servicio de Inspección.

Un cordial saludo,
Ana Belén Rodríguez Plaza

1 respuestas en total

Esto se cerrará en 0 segundos